En el Congreso Nacional se logró la noche del martes aprobar los 20 primeros artículos de la ley que permitirá elegir las nuevas autoridades electorales.
El debate inició tras varias semanas de insurrección del partido Libertad y Refundación (Libre) que ha luchado siete años por lograr representación en organismos electorales.
La aprobación de los primeros artículos se dio en dispensa de dos debates, por lo que se discutió en un solo.
La entidad política podría convertirse en autoridad en los órganos electorales después de siete años de ser negado su derecho como primera fuerza de oposición.
ARTÍCULOS Y SUS ALCANCES:
De acuerdo al decreto el CNE estará integrado por tres consejeros propietarios y dos consejeros suplentes.
Los funcionarios de esa institución estatal “Deberán ser electos por el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional, por un período de cinco años, pudiendo ser reelectos”.
El CNE tiene como responsabilidad –indica la iniciativa-, emitir los reglamentos necesarios para los procesos electorales, ya sea en sondeos de opinión, así como de los centros de información electoral, y voto en el exterior.
Entre los requisitos para ser consejero del CNE se requiere:
** Ser hondureño por nacimiento
** Ser mayor de 30 años
** Poseer título universitario
** Ser de reconocida idoneidad, y
** Estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles
Asimismo, no podrán ser miembros integrantes del CNE:
** Quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre sí;
** Quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el Presidente de la República y designados a la Presidencia de la República;
** Quienes al momento de ser electos estén nominados u ostenten cargos de elección popular; y, Quienes hayan ejercido cargo de elección popular en los dos últimos periodos.
TJE MÁXIMA AUTORIDAD
DE JUSTICIA ELECTORAL
El TJE, es uno de los órganos que se creó a inicios del 2019, por lo que el decreto establece que “Es la máxima autoridad en materia de justicia electoral”.
Como atribución este órgano tendrá que establecer políticas para que la impartición de justicia electoral se realice de conformidad con los principios de efectividad, prontitud, completitud, gratuidad y de forma expedita –agrega el proyecto de ley.
Para ser magistrado del Tribunal de Justicia Electoral, se requiere:
** Ser hondureño por nacimiento;
** Ser ciudadano en el goce y ejercicio de sus derechos;
** Ser abogado con más de diez años de experiencia en el ejercicio profesional;
** Ser mayor de treinta y cinco años, y;
** No incurrir en las mismas inhabilidades que se establecen para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.